LEY 14.278 - ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27.575 - DÍA DE LA PERSONA DONANTE DE ÓRGANOS
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1.- Objeto. Adhiérese la Provincia a la Ley Nacional N° 27.575 que declara el día 29 de agosto de cada año como el “Día de la Persona Donante de Organos”.
ARTÍCULO 2.- Promoción. Incorpórase la fecha al Calendario Escolar del Ministerio de Educación a fin de promover la realización de actividades y proyectos, con el objeto de reflexionar y concientizar sobre la Donación de Organos y la importancia de ser Donante.
ARTÍCULO 3.- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Educación o el organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 4.- Invitación. Invítase a Municipios y Comunas de la Provincia a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTINUEVE DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. |